El decreto 27977 de 2005 permite el despliegue militar sin necesidad de estado de excepción
El diputado Carlos Alarcón, de Comunidad Ciudadana (CC), ha señalado que el presidente Luis Arce Catacora no requiere declarar un estado de excepción para movilizar a las Fuerzas Armadas en situaciones de emergencia o disturbios, dado que está vigente el Decreto Supremo 27977, promulgado en enero de 2005 durante el gobierno de Carlos Mesa. Este decreto autoriza el despliegue de fuerzas militares en caso de que la Policía se vea sobrepasada, asegurando que se sigan los lineamientos de respeto a los derechos humanos.
“No es necesario un estado de excepción”
Según Alarcón, el decreto 27977 ya establece las condiciones bajo las cuales el presidente puede ordenar la intervención de las Fuerzas Armadas. Este instrumento detalla los protocolos que deben seguirse para el uso de la fuerza en situaciones de convulsión social y, sobre todo, en qué circunstancias se permite la utilización de armamento, siempre respetando las normas internacionales de derechos humanos.
“El decreto supremo establece claramente, en el marco de los tratados internacionales de derechos humanos, cómo debe actuarse en el uso de las Fuerzas Armadas cuando la Policía es superada en su capacidad de acción frente a escenarios de violencia que ponen en riesgo derechos humanos, la seguridad pública y otros bienes de las personas”, explicó el diputado Alarcón.
Procedimiento riguroso para el uso de la fuerza
El diputado detalló que, según el decreto vigente, el presidente debe firmar un documento oficial en el que autorice y justifique cada intervención militar. Esta orden debe especificar el lugar de la intervención, el tipo de armamento que se usará y las características del operativo. Además, el presidente asume la responsabilidad total de la autorización, garantizando así que la acción militar respete los derechos humanos y que se limite el uso excesivo de la fuerza.
“El presidente del Estado tiene que firmar un documento que autorice el uso de la fuerza, dando todas las características básicas de esa intervención… bajo su responsabilidad y su firma”, añadió Alarcón.
Marco legal y derechos humanos
El Decreto 27977, de acuerdo con Alarcón, brinda al presidente una herramienta suficiente para mantener el orden y garantizar la seguridad pública sin recurrir a la declaración de un estado de excepción. Esta normativa resguarda el estado de derecho en situaciones de emergencia, estableciendo parámetros claros y específicos que protegen los derechos humanos de la población.
Alarcón concluyó que no existe una necesidad real de declarar un estado de excepción o estado de sitio, ya que el marco legal boliviano cuenta con este decreto supremo, que respalda las actuaciones presidenciales en caso de crisis social.
JP/Andina